Importación de Vehículos a Chile

octubre 19, 2017
Importación de vehículos a Chile

Si estás por mudarte a Chile, y necesitas o quieres traer tu vehículo, moto, las bicicletas de tus hijos o una silla de rueda, aquí te damos algunos tips que son importantes de considerar a la hora de realizar importación de vehículos.


Como siempre decimos: cada país tiene sus propias normas, requisitos y procedimientos, ¿cierto? En cuanto a las importaciones, en Chile, existen algunos detallitos, que, si los conoces, no te será difícil traer tu vehículo, moto, bicicleta o silla de ruedas, y no significará un dolor de cabeza ni te encontrarás con una sorpresa cuando llegues acá.

 

Extranjeros mudándose a Chile

Si eres extranjero que se viene a vivir a Chile, y te quieres traer tu auto, te contamos que sólo puedes importar uno nuevo, pagando todos los impuestos y derechos de aduana correspondientes, que son: derecho ad valorem (6%) sobre el valor CIF (costo mercancía + prima seguro + valor del flete traslado) e IVA (19%) sobre el valor CIF + derecho ad valorem.
El valor CIF no debe superar los U$27.726,85. En caso contrario, se debe pagar un impuesto al lujo de 21,25% sobre la parte del valor CIF que excede el monto en dólares indicado.

Por ejemplo:

Valor Mercancía: U$21.000
Prima Seguro: U$2.500
Flete Traslado: U$5.000
Total Valor CIF = U$28.500

Impuestos:

  1. Derecho ad valorem: 6% x U$28.500 = U$1.710
  2. IVA: 19% x (U$28.500 + U$1.710) = U$5.739,9
  3. Impuesto al lujo: U$28.500 – U$27.726,85 = U$773,15 x 21,25% = U$164,29
    Total Impuestos: U$7.614,19

Ten presente que debes tener la factura comercial y el título de propiedad del vehículo.

 

Chilenos Retornando

Los ciudadanos chilenos que se encuentran regresando a su país, pueden importar un vehículo nuevo o usado, debiendo pagar la totalidad de los impuestos y derechos de aduana correspondientes. Cuando se trata de autos usados, se aplica una depreciación de un 10% de su precio, por año completo, al 31 de diciembre del año del modelo y el 1 de enero del año de importación, con un máximo de 70%.

En el caso de autos usados:

  • El vehículo deberá provenir del país de residencia y haber sido adquirido, por lo menos, 6 meses antes de la fecha de tu regreso definitivo.
  • Debes haber permanecido en el exterior un mínimo de 18 meses y no registrar entradas que superen los 60 días por año, contados desde tu última entrada definitiva al país.
  • El ingreso del vehículo deberá producirse junto con tu ingreso o dentro del plazo de 120 días antes o 120 días posteriores a tu llegada.
  • Las personas que se acojan a la Partida 0033 del Arancel Aduanero no podrán acogerse nuevamente a estos beneficios hasta que haya transcurrido un plazo de 3 años, contados desde tu última importación.
  • Ten presente que el vehículo que importes no podrá ser objeto de negociación de ninguna especie, compraventa, arrendamiento o dominio del vehículo por persona extraña al beneficiario, salvo que quede pagada en arcas fiscales la diferencia que exista entre los derechos pagados y los vigentes a la fecha.
  • Deberás informar al Servicio de Aduanas, mientras esté con la restricción de los 3 años, de cualquier cambio de domicilio o salida al exterior, con el fin de establecer residencia, dejando en Chile el vehículo. En este caso, al radicarse en el exterior, deja de cumplir una de las condiciones de la franquicia (la residencia definitiva). Asimismo, si el vehículo no ha sido desafectado (importado o nacionalizado) vuelve a su calidad de vehículo extranjero usado (prohibición de importar); por lo tanto, deberá ser entregado a aduana o ser reexportado.

 

Debes contar con la factura comercial y el título de propiedad del vehículo, y en el caso de vehículos usados, los documentos que te van a solicitar son los siguientes:

  • Formulario de Solicitud de Franquicia, el que se debe firmar en forma presencial ante el servicio aduanero.
  • Conocimiento de Embarque Original (BL).
  • Certificado de Viajes: Este documento es emitido por Policía Internacional a solicitud del interesado, y en él constan todas las entradas y salidas realizadas por el solicitante del documento. Para efectos aduaneros este documento tiene una vigencia de 30 días.
  • Declaración Jurada ante Notario, de residencia definitiva en el país.
  • Papeleta de Recepción del Contenedor.
  • Factura comercial del automóvil, o documento equivalente. De no existir una factura, el interesado deberá presentar Declaración Jurada ante Notario, del valor del vehículo.
  • Formulario de Especificaciones Técnicas del vehículo.
  • Título de Propiedad del Vehículo.
  • Anexo Nº 83, donde se debe declarar el domicilio donde permanecerá el vehículo.
  • Mandato Especial, cuando el cliente opte por realizar el trámite haciendo uso de nuestros servicios. Cabe señalar que este proceso puede ser realizado directamente por el cliente ante el servicio aduanero.
  • Boleta de Garantía Bancaria o Póliza de Seguro emitida en moneda dólar (USD) por el valor de los impuestos del vehículo. Esta boleta es devuelta al cliente, una vez que la Declaración de Importación del vehículo es emitida y los impuestos debidamente pagados a la Tesorería general de la República.
  • Resolución otorgada por el servicio aduanero, concediendo la franquicia.
  • Resolución de Ininterrupción, cuando el cliente no hubiese cumplido el plazo establecido de 30 días de entradas por año como máximo.
  • En el caso de las operaciones provenientes de USA se debe presentar Certificado de Fumigación del vehículo usado; ya sea viniendo solo, en un embarque, o junto a menaje de casa.

 
Plazos del Proceso
Es importante que reúnas con anticipación todos estos documentos, para que puedas realizar con calma y sin estrés todos los trámites. Considera que se debe presentar toda esta documentación, en aduana, al menos 3 días hábiles antes de la llegada de la nave.
Te recomendamos, ponerte en contacto con nosotros, con un mínimo de 10 días de anticipación.
 

Diplomáticos, Funcionarios Internacionales Chilenos, Funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional, Funcionarios de Carabineros de Chile y de Policía de Investigaciones retornando a Chile

Los chilenos diplomáticos, funcionarios internacionales chilenos, funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional, de Carabineros de Chile y de Policía de Investigaciones no pueden importar vehículos acogidos a franquicia aduanera, por cuanto reciben una asignación especial. Por esto, si deseas traer un vehículo nuevo o usado, debes importarlo a nombre de tu cónyuge, asumiendo el pago de derechos e impuestos respectivos, de acuerdo con los requisitos establecidos en el arancel aduanero.
Si vienes de Estados Unidos, debes presentar Certificado de Fumigación del vehículo usado.

 

Diplomáticos y Funcionarios Internacionales Extranjeros que se mudan a Chile

Si estás importando un vehículo nuevo, éste se encuentra exento del pago de derechos e impuestos. Si, por el contrario, se trata de uno usado, Aduana otorga el régimen provisorio de Admisión Temporal prorrogable hasta el término de tu misión en Chile, mediante un Título de Importación Temporal de Vehículo (TITV) o Declaración de Admisión Temporal.
Si vienes de Estados Unidos, debes presentar Certificado de Fumigación del vehículo usado.

 

Importación de Motocicletas

Importación de motocicletas¡OJO! Sólo puedes importar motocicletas nuevas. El ingreso de motocicletas usadas se encuentra totalmente prohibido, y su intento de ingreso es penalizado con multas de alto valor, más la devolución del bien al país de origen.

 
 
 

Importación de Bicicletas

Importación de vehículos para uso familiarLas bicicletas de cualquier tipo y modelo, nuevas o usadas, quedan excluidas del concepto “equipaje de viajeros” por ser consideradas, por Aduana, como vehículos (para el traslado de personas). Sólo pueden ingresar, libre de impuestos, aquellas consideradas como “artículo deportivo o de paseo”, que en número no exceda los integrantes de tu grupo familiar.

Si la cantidad de bicicletas excede el grupo familiar o si éstas son catalogadas, conforme al criterio de Aduana, como de alto valor comercial y/o de competición, pueden ser importadas pagando todos los impuestos y derechos correspondientes. Además, de los servicios de un agente de aduana.

Esto es aplicable tanto para chilenos, extranjeros como diplomáticos en general.

 

Importación de Sillas de Ruedas

Importación de sillas de ruedasSi necesitas traer una silla de ruedas, ¡ojo! Porque si tú o alguien de tu grupo familiar con quien viajas, es discapacitado, ésta se encuentra exenta de pago de impuestos. Si, por el contrario, la silla la traes para un tercero, se encuentra afecta a pago, ya que no es considerada como parte del concepto “equipaje de viajeros”.

 
 

Si necesitas información más especializada, puedes entrar a la página de la Dirección Nacional de Aduanas de Chile.

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